AGENCIA MANACORNOTICIAS 21/12/2024 - 09:24:14 |
NOTIFICAR este acuerdo a las personas interesadas; a los efectos y consecuencias mencionadas anteriormente.”. Lo que se comunica, para su conocimiento y efectos oportunos.. |
AYUNTAMIENTO DE INCA. Aprobación inicial del proyecto de urbanización del Polígono de Servicios y Tecnológico del Plan Parcial del Sector 1 del PGOU de Inca. JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, órgano competente para resolver, la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:
APROBAR INICIALMENTE el proyecto de urbanización del Polígono de Servicios y Tecnológico del Plan Parcial del Sector 1 del PGOU de Inca, con las condiciones establecidas por la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears que a continuación se relacionan, así como las establecidas en las prescripciones del acuerdo de aprobación definitiva del Plan Parcial, aprobado en fecha de 27/07/2012, respecto al proyecto de urbanización mencionado: La aprobación del proyecto queda supeditada a: Presentar en la Dirección General de Recursos Hídricos el Certificado del gestor que se encargará del suministro de agua que certifique la disponibilidad de recurso.
A la entrada en funcionamiento de la ampliación de la EDAR de Inca. Corresponde al ayuntamiento valorar si aplaza la aprobación del proyecto de urbanización hasta disponer de plenas garantías de que, a su finalización, la ampliación de la depuradora estará operativa, o si aprueba el proyecto asumiendo el compromiso de adoptar las medidas de publicidad adecuadas para advertir de esta condición a todos los posibles afectados. Asimismo, en caso de aprobar el proyecto de urbanización antes de la puesta en servicio de la nueva depuradora, precisará el régimen de responsabilidades frente a los eventuales retrasos en la finalización de las obras de la EDAR.
Con el fin de garantizar la protección del dominio público hidráulico subterráneo, durante la ejecución de las obras, deben adoptarse las máximas precauciones para evitar el vertido de sustancias contaminantes, incluidas las derivadas del mantenimiento de las maquinarias. Deberán establecerse medidas para la prevención de polvo y gases durante la fase de construcción. Estas medidas deben incluirse en el plan de vigilancia ambiental para registrar su seguimiento.
Deberán adoptarse técnicas o sistemas urbanos de drenaje sostenible. El proyecto de urbanización incorporará medidas para fomentar la infiltración de las superficies de los aparcamientos, viales, centros de rotondas, alcorques y jardines. Se propone el uso de soluciones con pavimentos permeables o el rebaje de bordillos en aquellas situaciones en las que se pueda redirigir la escorrentía superficial hacia zonas donde se facilite su infiltración (alcorques, zonas verdes…). Todo esto sin perjuicio del uso de otras posibles soluciones que se engloben dentro de este conjunto de técnicas de drenaje sostenible.
Se tendrán que prever medidas preventivas y correctoras para todas las fases del proyecto. Se deberá implementar un plan de vigilancia ambiental que incluya los condicionantes del presente informe ambiental y que defina unos indicadores claros y específicos para realizar el seguimiento objetivo y documentado de la efectividad de las medidas correctoras y preventivas en cada una de ellas las fases del proyecto. Además, incluir las actuaciones que se llevarán a cabo en caso de que las medidas no obtengan el resultado deseado. El cual se remitirá a la CMAIB.
SOMETER el proyecto de urbanización del Polígono de Servicios y Tecnológico del Plan Parcial del Sector 1 del PGOU de Inca, a información pública durante el plazo de UN MES, mediante anuncios que se publicarán en el boletín oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el punto de acceso electrónico municipal, durante el cual se podrá examinar el expediente en la Secretaría General (Área de Urbanismo y Vivienda) de este Ayuntamiento y formular alegaciones y/o sugerencias que se consideren.
SOLICITAR, para que en el plazo de UN MES, se emita informe por los organismos públicos afectados y empresas suministradoras de los servicios afectados, para que se pronuncien sobre el proyecto de urbanización, conforme lo previsto en el artículo 200.1 b ) del Reglamento de la LOUS y, en el mismo sentido, el artículo 117.1 c) del Regalmente de la LUIB.
NOTIFICAR este acuerdo a las personas interesadas; a los efectos y consecuencias mencionadas anteriormente.”. Lo que se comunica, para su conocimiento y efectos oportunos.. (Firmado electrónicamente: 18 de diciembre de 2024). El alcalde-presidente, Virgilio Moreno Sarrió. Sale hoy sábado 21 de diciembre en el BOIB.
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