
AGENCIA MANACORNOTICIAS 05/09/2025 - 15:03:21 | ![]() ![]() |

![]() | PLIS se lamenta de que la OCB haya tergiversado la sentencia, haciendo creer que el tribunal avala el modelo balear y los proyectos lingüísticos de los centros. No ha ocurrido nada de eso. El tribunal inadmite el recurso |
La reciente sentencia del TSIB, sobre el recurso del 25% en castellano, no ha decidido nada sobre la legalidad del modelo lingüístico de Baleares ni de los proyectos lingüísticos de centros escolares. El recurso de PLIS ha sido rechazado por razones estrictamente procesales. La OCB ha manipulado la sentencia, convirtiéndola en una defensa de los proyectos lingüísticos de los centros.
El TSJIB notificó ayer la sentencia sobre un recurso contencioso interpuesto por la asociación de profesores PLIS. Educación, por favor.. PLIS solicitaba en su recurso que los alumnos de Baleares recibieran enseñanza en castellano en al menos el 25% del horario lectivo y en al menos en una área o materia troncal o de carácter análogo. La sentencia se puede leer en este enlace: https://drive.google.com/file/d/1YIOVvNYB1Lx-l431PCqN0f8LHRpQwohW/view?usp=drivesdk
En ningún momento la sentencia ha entrado en el fondo de si el modelo lingüístico balear y los proyectos lingüísticos de los centros educativos se adecúan al ordenamiento jurídico o no. PLIS se lamenta de que la OCB haya tergiversado la sentencia, haciendo creer que el tribunal avala el modelo balear y los proyectos lingüísticos de los centros. No ha ocurrido nada de eso. El tribunal inadmite el recurso de PLIS por dos motivos procesales, no de contenido:
Derecho de petición. El tribunal ha considerado que PLIS ha ejercido un derecho de PETICIÓN, no de SOLICITUD de derecho subjetivo. El derecho de petición de cambio normativo solo tiene como consecuencia una respuesta de la administración, positiva o negativa, sin compromiso de modificación, no procediendo recurso ante el TSIB. El Tribunal, por tanto, ha inadmitido el recurso por no ser competente ante una petición de cambio normativo.
Desviación procesal.. El Tribunal ha considerado, además, que en la demanda se incluyen tres proyectos lingüísticos que no aparecían en la solicitud administrativa, por lo que se ha producido una desviación procesal por ampliación, añadiendo este motivo procesal al anterior. PLIS se plantea elevar el recurso al TS para casación, ya que considera que no ha ejercido el derecho de petición en su recurso, sino el de solicitud de un derecho subjetivo.. En todo caso, seguirá batallando para acabar con el sistema de inmersión obligatoria impuesta de facto en los proyectos lingüísticos de casi todos los centros.
REFERENCIAS SENTENCIA: La sentencia se puede leer en este enlace: https://drive.google.com/file/d/1YIOVvNYB1Lx-l431PCqN0f8LHRpQwohW/view?usp=drivesdk


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